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Requisitos para abrir una inmobiliaria en España
Los requisitos para abrir una inmobiliaria en España dependen de dónde vayas a trabajar. La norma estatal permite ejercer la intermediación inmobiliaria sin título ni colegiación, pero algunas comunidades autónomas fijan requisitos propios y un registro de agentes, como Cataluña y la Comunitat Valenciana. A eso se suman la protección de datos desde el primer cliente y una organización que aguante el primer mes. Aquí tienes lo que dice la norma en cada punto y una lista para no dejarte nada.
Qué exige la norma estatal: ni título ni colegio
A escala estatal, la intermediación inmobiliaria es una actividad de libre ejercicio. El artículo 3 del Real Decreto-ley 4/2000 dispone que estas actividades podrán ser ejercidas libremente sin necesidad de estar en posesión de título alguno ni de pertenencia a ningún colegio oficial.
Por eso, a la pregunta de si hace falta título para ser agente inmobiliario, la respuesta de la norma estatal es que no. Ser agente de la propiedad inmobiliaria colegiado es una opción profesional, no una condición que imponga la norma estatal.
Que no haga falta título no significa que no haga falta nada. Tu comunidad autónoma puede tener su propia regulación, y trabajar con datos personales y con dinero de terceros tiene reglas propias. Conviene resolverlo todo antes de captar el primer inmueble, no después.
Requisitos y registros autonómicos
Algunas comunidades regulan quién puede ejercer como agente inmobiliario en su territorio. Estos son dos ejemplos con su ley publicada en el BOE.
Cataluña
El artículo 55.3 de la Ley 18/2007 del derecho a la vivienda enumera lo que deben cumplir los agentes inmobiliarios para poder ejercer:
- Disponer de un establecimiento abierto al público o, si comercializan sus servicios a distancia por vía electrónica o telemática, acreditar una dirección física del agente responsable.
- Estar en posesión de la capacitación profesional que se les exija legalmente; en una sociedad, la capacitación es exigible a los administradores.
- Constituir y mantener una garantía, con vigencia permanente, para responder de las cantidades que reciban en su actividad mediadora hasta ponerlas a disposición de los destinatarios.
- Constituir y mantener una póliza de responsabilidad civil, también con vigencia permanente.
El apartado 4 del mismo artículo encarga al Gobierno de la Generalitat la creación de un registro obligatorio de agentes inmobiliarios.
Comunitat Valenciana
La disposición adicional sexta de la Ley 2/2017, por la función social de la vivienda de la Comunitat Valenciana recoge requisitos parecidos para los agentes de intermediación inmobiliaria. Para ejercer deben disponer de un establecimiento abierto al público, o de una dirección física si trabajan a distancia, tener la formación profesional requerida, constituir una garantía para las cantidades que reciban y contratar una póliza de responsabilidad civil.
La misma disposición prevé que el Consell cree un registro obligatorio de agentes de intermediación inmobiliaria. Para inscribirse, los agentes harán constar mediante declaración responsable que su actividad cumple con los requisitos.
Fuera de estos dos ejemplos, no des nada por supuesto: consulta la normativa de vivienda de tu comunidad y, si existe un registro de agentes, inscríbete antes de empezar a captar.
Los trámites de cualquier negocio
Además de lo propio de la intermediación, una inmobiliaria es un negocio como cualquier otro, y esos trámites se resuelven con tu gestoría antes de abrir:
- La forma con la que vas a operar: como autónomo o como sociedad.
- Las altas fiscales y en la Seguridad Social que te correspondan.
- Lo que pida tu ayuntamiento para abrir el local, si vas a tener oficina a pie de calle.
- Los seguros: valora con tu corredor qué cobertura necesitas, y ten en cuenta que en Cataluña y en la Comunitat Valenciana la póliza de responsabilidad civil forma parte de los requisitos para ejercer.
- Otras normas sectoriales que pueden afectar a tu actividad, como la de prevención del blanqueo de capitales: revisa con tu asesor si te aplican y qué tienes que preparar.
Protección de datos desde el primer cliente
Desde la primera llamada vas a tratar datos personales: nombres, teléfonos, lo que busca cada comprador, los datos del propietario y, si gestionas alquileres, los del inquilino. El Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) establece en su artículo 5.2 que el responsable del tratamiento responde del cumplimiento de sus principios y tiene que ser capaz de demostrarlo.
Tres tareas que conviene dejar hechas antes del primer cliente:
- Informar a cada persona cuando recoges sus datos. El artículo 13 del RGPD pide decirle, entre otras cosas, quién eres, para qué usarás sus datos y con qué base jurídica, cuánto tiempo los conservarás y qué derechos tiene.
- Preparar el registro de actividades de tratamiento. El artículo 30.5 del RGPD exime de él a quien emplee a menos de 250 personas, salvo que el tratamiento pueda entrañar un riesgo para los derechos de los interesados, no sea ocasional o incluya categorías especiales de datos. La AEPD advierte que esas excepciones se aplican en casos muy limitados y que, en la práctica, la mayoría de los responsables con menos de 250 trabajadores estarán obligados a llevarlo.
- Elegir bien a tus proveedores. Si un proveedor va a tratar datos por cuenta de tu agencia, el artículo 28 del RGPD pide elegir uno que ofrezca garantías suficientes y que la relación se rija por un contrato u otro acto jurídico.
Cómo organizar el primer mes
El primer mes marca cómo trabajarás los siguientes, y lo que más se nota es el orden. Cinco decisiones que conviene tomar pronto:
- Cartera. Da de alta cada inmueble captado con su ficha completa desde el principio: fotos, precio, ubicación, estado y propietario. Una ficha bien hecha el primer día no hay que rehacerla.
- Demandas. Apunta qué busca cada comprador con criterios que se puedan comparar: tipo, zona, presupuesto, dormitorios y superficie. Una demanda en una libreta no se cruza con nada.
- Visitas. Deja escrito el resultado de cada visita el mismo día, con lo que dijo el cliente. Es lo que después te permite hablar con el propietario con datos.
- Web. Decide dónde vas a enseñar tu cartera y por dónde entrarán los contactos que lleguen desde ahí.
- Herramienta. Elige una antes de acumular contactos en hojas sueltas. Empezar ordenado te ahorra migrar datos con la agencia ya en marcha.
Si todavía no tienes claro qué debe hacer esa herramienta, lo contamos en qué es un CRM inmobiliario y cómo se usa cada día.
Lista de comprobación antes de abrir
- Revisada la normativa de vivienda de tu comunidad y, si hay registro de agentes, inscripción hecha.
- Establecimiento o dirección física, garantía y póliza de responsabilidad civil, allí donde tu comunidad los pida.
- Forma de operar, altas y licencia del local resueltas con tu gestoría.
- Normas sectoriales revisadas con tu asesor, incluida la de prevención del blanqueo de capitales.
- Textos para informar sobre protección de datos en formularios, correos y hoja de encargo.
- Registro de actividades de tratamiento preparado.
- Contratos con los proveedores que traten datos por cuenta de tu agencia.
- Cartera, demandas y visitas en una sola herramienta desde el primer inmueble.
Cómo te ayuda InmoCenter desde el primer día
InmoCenter es un software integral de gestión inmobiliaria para pequeñas y medianas agencias. Funciona en el navegador, en app.inmo.center: no hay que instalar nada y se entra desde el ordenador o el móvil. No sustituye a tu gestoría ni a tu asesor legal; lo que te da es el orden del primer mes:
- Cartera. Cada propiedad en una sola ficha: fotografías, precio, ubicación, estado, características, nivel de confidencialidad y propietario.
- Demandas y cruce. Cada demanda recoge tipo, zona, presupuesto, dormitorios y superficie, queda vinculada al contacto y lista para cruzarse con la cartera. El cruce automático compara los criterios de cada demanda con la cartera y muestra las coincidencias en las dos direcciones.
- Visitas. Cada visita guarda cliente, propiedad, hora, resultado y observaciones, y queda en la ficha del inmueble y del contacto.
- Equipo. Cuando crezcas, cada agente trabaja con su cartera, sus visitas y sus operaciones, y la dirección ve la actividad completa. Las operaciones no entran en todos los planes.
- Tus datos. Los datos de una inmobiliaria no son visibles para otras, pueden exportarse cuando lo necesites y tienes disponible la verificación en dos pasos.
- Arranque. La aplicación incluye «Primeros pasos» para empezar.
Los planes mensuales son Esencial 32 €, Profesional 49 € y Agencia 69 € al mes, sin IVA y sin permanencia. Los tienes en los planes de InmoCenter, y todas las áreas del producto, en sus funcionalidades. Si quieres verlo de un vistazo, empieza por InmoCenter, el software de gestión para agencias inmobiliarias.
Fuentes consultadas
Comprobadas el 11 de octubre de 2026. Enlazamos la fuente original para que puedas consultar el texto vigente.
- Real Decreto-ley 4/2000, de 23 de junio, de Medidas Urgentes de Liberalización en el Sector Inmobiliario y Transportes (texto consolidado): artículo 3. BOE.
- Ley 18/2007, de 28 de diciembre, del derecho a la vivienda (Cataluña) (texto consolidado): artículo 55. BOE.
- Ley 2/2017, de 3 de febrero, por la función social de la vivienda de la Comunitat Valenciana (texto consolidado): disposición adicional sexta. BOE.
- Reglamento (UE) 2016/679, General de Protección de Datos: artículos 5, 13, 28 y 30. BOE (DOUE).
- Preguntas frecuentes: ¿Estoy obligado a elaborar un RAT?. Agencia Española de Protección de Datos.
Preguntas frecuentes
¿Hace falta título para abrir una inmobiliaria?
No lo exige la norma estatal: el Real Decreto-ley 4/2000 permite ejercer sin título ni colegiación. Pero algunas comunidades sí piden algo: en Cataluña, la capacitación profesional que se les exija legalmente; en la Comunitat Valenciana, la formación profesional requerida. Las dos leyes prevén además un registro obligatorio de agentes.
¿Puedo abrir una inmobiliaria sin local?
Depende de tu comunidad. En Cataluña y en la Comunitat Valenciana, quien comercializa sus servicios a distancia por vía electrónica o telemática puede ejercer sin establecimiento abierto al público, pero tiene que acreditar una dirección física. En el resto, revisa la normativa de vivienda de tu comunidad.
¿Dónde compruebo si mi comunidad tiene registro de agentes inmobiliarios?
En la normativa de vivienda de tu comunidad autónoma, que puedes buscar en su boletín oficial o en el BOE. También puedes preguntar en la consejería competente en vivienda o en la asociación profesional de tu zona.
¿Qué herramienta necesito el primer mes?
Una que reúna en un solo sitio la cartera, las demandas y las visitas, para que cada comprador se pueda cruzar con lo que tienes. InmoCenter funciona en el navegador y puedes probarlo 14 días sin tarjeta.